TÉRMINOS Y CONDICIONES
“RECUPERA TU DINERO, RECUPERA TU TRANQUILIDAD”
CPL CONSULTORES & ASOCIADOS SAC., con RUC Nº20602485464, con domicilio fiscal y procesal en Av. República de Chile Nº478 Of. 201, Jesús María, Lima, Perú, sus subsidiarias y empresas relacionadas a CPL GROUP , en adelante “EL ESTUDIO” y con carácter informativo, presenta los siguientes Términos y Condiciones de la Campaña “Recupera tu dinero, recupera tu tranquilidad”
Accediendo a esta campaña que en él se presenta el usuario, en adelante “LA CLIENTE”, acepta las siguientes cláusulas que a continuación se indican y que definen los términos, condiciones, políticas y de todas sus funcionalidades, contenidos y que en él aparecen.
ASPECTOS PRINCIPALES DE LA CAMPAÑA
“EL ESTUDIO”, conforme a sus políticas de marketing y publicidad ha creado la campaña “Recupera tu dinero, recupera tu tranquilidad”, en adelante “LA CAMPAÑA” con la finalidad de ayudar y de dar soporte legal a “LA CLIENTE” que tenga acreencias por cobrar y/o recuperar de su deudor, en adelante “EL DEUDOR”.
Los servicios que brinda “EL ESTUDIO”, en adelante “EL SERVICIO” no supone, ni garantiza, en todo o parte la recuperación y/o cobranza legal efectiva a la cual ésta patrocina por cuestiones de insolvencia económica, patrimonial, comercial, y/o inubicabilidad de “EL DEUDOR”. Sin embargo, “EL ESTUDIO” agotará todas las medidas y recursos legales que tenga a su disposición para poder realizar la recuperación del crédito y/o cobranza asignada por “LA CLIENTE”.
ASPECTOS LEGALES DE LOS SERVICIOS
“EL ESTUDIO” actúa dentro de un marco estrictamente legal y conforme a las normativas vigentes, guarda la mejor disposición para la atención de las necesidades de todos sus clientes y deudores en general, cumpliendo con brindar información necesaria y suficiente sobre las acciones legales que se van a realizar. Como Estudio Jurídico, reconoce tener pleno conocimiento de la ley Nº 29571 - Código de protección y defensa del consumidor. Se rige y allana de manera total a los Artículos 19, 61 y 62 (Métodos abusivos en la cobranza de las deudas).
En atención a ello, el Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíbe el uso de métodos de cobranza que afecten la reputación del consumidor, atenten contra la privacidad de su hogar, que afecten sus actividades laborales o su imagen frente a terceros.
ALCANCES DE EL SERVICIO
“EL SERVICIO” no podrá ser interpretado a efectos de crear algún tipo de vínculo de naturaleza societaria, laboral o empresarial entre “LA CLIENTE” y “EL ESTUDIO”
“EL SERVICIO” a ser brindado por “EL ESTUDIO” consiste en el patrocinio prejudicial y judicial para acciones de cobranza, trátese de cartera con o sin garantías e independientemente del producto deudor cuya recuperación asigna
“EL ESTUDIO” iniciará las acciones legales y de representación necesaria para proteger los intereses y necesidades de “LA CLIENTE”, para lo cual empleará en cada una de las funciones, al abogado más competente con el que cuente en la especialidad requerida para brindar un servicio especializado y personalizado.
Por la prestación de los servicios profesionales a que se refiere el presente instrumento se entiende que quedan incluidos los siguientes servicios:
- Recuperaciones (Cobranza Prejudicial)
- Recuperaciones (Cobranza Judicial)
Patrocinio y representación a nivel judicial, comprende toda la secuela del juicio hasta la ejecución de sentencia, estas pueden comprender:
- Procesos de Obligación de Dar Suma de Dinero (O.D.S.D.), con o sin garantías.
- Procesos de Obligación de Dar Bien Mueble
- Elaboración y presentación de medidas cautelares
- Procesos Contenciosos Administrativo
- Procesos de Procedimiento Concursal ante Indecopi
- Patrocinio en los litigios y controversias vinculadas a la cobranza judicial encomendada, tales como; ejecución de títulos valores, ejecución de actas de conciliación, nulidades de actos jurídicos, ineficacia de acto jurídico (Acción Pauliana) y eventualmente el patrocinio en materia penal.
- Deudas Refinanciadas.
- Informes situacionales
En caso de pasar a una segunda instancia por apelación del cliente, se fijarán nuevas tarifas previo acuerdo entre las partes.
RETRIBUCIÓN Y HONORARIOS
La retribución por los servicios se establecen conforme a la cuantía y comprenden:
- ETAPA PREJUDICIAL
- ETAPA JUDICIAL
- HONORARIOS DE ÉXITO
Se aplicará los honorarios de éxito tanto para montos expresados en Moneda Nacional como en Dólares Americanos, retribuyéndose el pago en la moneda de la deuda encargada o el ingreso contable del activo recuperado, adjudicado u otorgado en dación en pago. El cálculo de los honorarios se realizará en base a los cuadros detallados en el Anexo A. Dicho cálculo será acumulativo según las recuperaciones de cada proceso, para ello las partes contractuales deberán llevar un adecuado registro del histórico de pagos realizados por el deudor.
FORMA DE PAGO
Para el pago por los servicios de patrocinio y representación
“EL ESTUDIO” procederá a emitir la factura y/o recibo correspondiente para el cobro del servicio una vez presentado los escritos y/o asistido a las audiencias.
Para el pago por los honorarios de éxito
“EL ESTUDIO” procederá a emitir la factura y/o recibo correspondiente una vez realizada la recuperación total y/o parcial al momento de su realización.
“LA CLIENTE” procederá a realizar el pago de la factura y/o recibo generada por “EL ESTUDIO” la cual será cancelada dentro de un plazo máximo de SIETE (7) DÍAS CALENDARIO posteriores a ser recibida, luego del plazo determinado, “EL ESTUDIO” se reserva el derecho de imponer una tasa moratoria por pago tardío.
CONSIDERACIONES EN LAS RECUPERACIONES Y/O RECAUDACIONES
- Se considera como recuperación efectiva a favor de “LA CLIENTE”: Todos los abonos, transferencias, pagos a cuenta, pago de cuotas, adelantos, etc. realizados posterior a la firma del presente contrato.
- Se considera como recuperación efectiva a favor de “LA CLIENTE”: Los abonos, transferencias, etc. que se obtengan producto de los acuerdos, actas, transacciones extrajudiciales, acuerdos reparatorios, etc.
- Se considera como recuperación efectiva a favor de “LA CLIENTE”: Los embargos de cuentas corrientes, embargos de bienes, captura de vehículos y equipos, maquinarias, producto de los remates judiciales.
- Se considera como recuperación efectiva a favor de “LA CLIENTE”: La devolución total o parcial de: Equipos, materiales, maquinarias, entre otros activos propios de “LA CLIENTE”. Para estos casos, “LA CLIENTE” proporcionará la valorización respectiva y/o precio comercial de los mismos al momento de su realización para su posterior facturación de acuerdo al porcentaje de honorarios de éxito.
- En caso de Dación en pago, el monto se calculará sobre el valor que se otorgue al bien por concepto de transferencia y esta se determinará en base a una tasación por un perito certificado. Así mismo, en caso el pago se realice con bienes tangibles, comerciales, equipos, maquinarias, Etc. El monto se calculará en base a una valorización a precio de mercado.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
“LA CLIENTE” se obliga a lo siguiente:
- Cumplir con el pago de los “Honorarios de Éxito” una vez realizada la recuperación por “EL ESTUDIO”
- Cumplir con el pago del tarifario establecido según la cuantía
- Comunique oportunamente a “EL ESTUDIO” los abonos, transferencias, depósitos, etc. parciales y/o totales realizados por los clientes deudores a su cuenta y favor producto de las gestiones realizadas por “EL ESTUDIO”
- Comunique oportunamente a “EL ESTUDIO” la devolución parcial y/o total realizada por los clientes deudores, y/o terceros relacionados dentro y/o fuera del proceso de: Equipos, materiales, maquinarias, piezas, vehículos, etc., producto del arrendamiento y/o venta realizada.
- Cumpla con facilitar la entrega documentaria, en calidad de originales o copia certificada, todos aquellos documentos que sirvan para desarrollar efectivamente EL SERVICIO.
“EL ESTUDIO” se obliga a lo siguiente:
- La preparación y presentación de las cartas, solicitudes, demandas, escritos de contestación, y recursos para iniciar e impulsar los respectivos procesos y su oportuna presentación ante las autoridades competentes.
- Formalizar y ejecutar los convenios y/o transacciones que “LA CLIENTE” celebre con deudores a través de sus ejecutivos, cuyas obligaciones se encuentren en cobranza a cargo de “EL ESTUDIO”
- Presentar y enviar de forma mensual el “Estado Situacional de Procesos” a “LA CLIENTE” suficientemente detallados y actualizados sobre el estado de cada uno de los procesos que se le haya encomendado, a su vez de realizar mensualmente, al menos DOS (02) impulsos y/o diligencias presenciales al juzgado. Estas diligencias deberán ser sustentadas en un informe detallado con fotografías, en la fecha y hora realizado por el abogado a cargo.
- El acompañamiento y asesoría legal al APODERADO de “LA CLIENTE” que sean citados a audiencias, declaraciones, diligencias judiciales, verificar la actuación de pruebas fuera del local del juzgado, en los referidos procesos a cargo de “EL ESTUDIO”. Queda entendido que la representación de “LA CLIENTE” será ejercida exclusivamente por sus funcionarios debidamente autorizados y que cuenten con poder para litigar, salvo los casos en que “LA CLIENTE” decida otorgar poder a los abogados de “EL ESTUDIO”
- No recibir ninguna suma de dinero de los deudores y demás obligados por concepto de amortización o cancelación de las obligaciones cuya cobranza hubiera sido encomendada a “EL ESTUDIO”, debiendo orientar a dichos obligados para que de ser el caso efectúen sus pagos directamente a “LA CLIENTE”
- Realizar todas las acciones legales que resulten necesarias y/o convenientes para obtener la pronta recuperación de obligaciones a cargo de deudores de "LA CLIENTE" y/o de los terceros que garanticen a estos
- Asumir plena responsabilidad respecto a la obligación de mantener y conservar en buen estado los documentos de todo tipo, contratos títulos valores, papeles, libros y/o cualquier otra información escrita o expresada por cualquier otro medio que le fuera proporcionada por ”LA CLIENTE”, siendo de exclusiva responsabilidad de “EL ESTUDIO” cualquier pérdida, daño o deterioro que se produzca por causa de negligencia o a raíz del mal uso o descuido que se les haya dado a los mismos
- Elaborar y presentar el “Informe Castigo” a favor de “LA CLIENTE”, en caso la cobranza resultare infructuosa, en el que se adjunte y entregue el expediente de cobranza.
INDEMNIDAD DE “EL ESTUDIO”
“LA CLIENTE” mantendrá indemne a “EL ESTUDIO”, a sus funcionarios, agentes y representantes por razón de cualquier reclamación, demanda, contra demanda, acción legal o costos que surjan o se le causen a “EL ESTUDIO”, producto de la ejecución del presente contrato y/o producto de alguna controversia anterior con el demandado, deudor u otros agentes externos. Asimismo, “LA CLIENTE” acuerda excluir el resarcimiento por los daños indirectos, lucro cesante y daño consecuencial de cualquier indemnización derivada de la inejecución total o parcial de las obligaciones provenientes de este contrato o cualquier otra responsabilidad que sea imputable a “EL ESTUDIO”. Del mismo modo, "EL ESTUDIO" no garantiza, ni se hace responsable por la recuperación total y/o parcial del caso(s) asignados objeto del contrato sin embargo, agotará todas las medidas legales de representación y de negociación que tuviese a su alcance.
GASTOS, MOVILIDAD Y VIÁTICOS
Los gastos por concepto de movilidad, costos de búsquedas registrales, copias literales, notariales, courier, tasas judiciales, cédulas judiciales, entre otros corren por cuenta de “LA CLIENTE”. Para estos gastos, se abrirá una caja chica, los mismos que serán rendidos con el respectivo sustento a través de la presentación mensual de los “ Gastos de Gestión Procesal”.
Para los gastos en provincia y/o viajes al extranjero como son: Movilidad aérea, terrestre, estadía, viáticos, entre otros, serán pagados por adelantado por El Cliente o en su defecto hará las reservas correspondientes para tal fin según sea el caso.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN
Las partes se someten expresamente a la Jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Lima, renunciando al fuero de sus domicilios y señalando como tales, para cualquier efecto judicial o extrajudicial, los señalados en la introducción de este contrato. Si “LA CLIENTE” y/o “EL ESTUDIO” cambiaran de domicilio aquí indicado, deberán comunicar vía conducto notarial con una anticipación no menor de cinco (05) días hábiles. Caso contrario se entenderá para todos los fines el domicilio indicado en el presente contrato.
FINALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
“EL ESTUDIO” y “LA CLIENTE” acuerdan que en el supuesto caso que la obligación cuya recuperación se encarga mediante el presente contrato deviniera en incobrable por “insolvencia” o por “inubicabilidad” del deudor, la documentación que se encuentra en el poder de “EL ESTUDIO” será devuelta una vez agotados todas las gestiones a “LA CLIENTE” con el “Informe Castigo” correspondiente y ambas partes acuerdan dar por terminada la gestión y compensado todo honorario de “EL ESTUDIO” por la labor realizada por éste, con el saldo del importe de los gastos que hubieren a la finalización del contrato, al emitirse el respectivo informe.
CONFIDENCIALIDAD Y VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
Salvo instrucción contraria de manera expresa o que se desprenda indubitablemente de las comunicaciones de “LA CLIENTE”, y salvo los casos de requerimiento de información por parte de una autoridad competente, “EL ESTUDIO” se compromete a tratar con confidencialidad cualquier información suministrada por “LA CLIENTE”, en el marco del presente contrato y se abstendrá de divulgarla, reproducirla o difundirla por cualquier medio.
Para la prestación de la asesoría legal aquí descrita “EL ESTUDIO” asume que la información que será suministrada por “LA CLIENTE” es veraz, completa, auténtica, obtenida de buena fe, a través de medios lícitos y que su entrega no implica la violación de deberes legales y/o contractuales. “EL ESTUDIO” no asume responsabilidad por las consecuencias legales que puedan sobrevenir de la eventual inexactitud de la información proporcionada por el Cliente. Al efecto, se deja establecido que los servicios no incluyen la auditoría ni la comprobación de la exactitud de la información proporcionada por el Cliente.
Igualmente, toda documentación e información entregada por “EL ESTUDIO” a “LA CLIENTE” en desarrollo de la actividad aquí descrita es confidencial y, por lo tanto, cualquier divulgación de esta constituirá una violación del acuerdo que se suscriba. No obstante lo señalado, aunque “EL ESTUDIO” no divulgará información confidencial relacionada con esta propuesta, con su firma, en caso de aceptación, “LA CLIENTE” nos autoriza a divulgar a terceros el hecho de que lo hemos representado o lo representamos como sus abogados.
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En la prestación de los servicios de asesoría legal materia de esta propuesta, “EL ESTUDIO” se sujetará a las normas vigentes en la República del Perú en materia anticorrupción, así como a las disposiciones del Código de Ética que regula el ejercicio de la profesión legal.
Las partes se comprometen a lo siguiente:
- No participar en actos de corrupción y/o entrega de sobornos, ventajas, atenciones, objetos de valor y/o dádivas, o que puedan ser considerados como un medio para obtener un beneficio a su favor.
- No influir en la decisión de funcionarios o servidores públicos a través del otorgamiento de sobornos, ventajas, atenciones, objetos de valor y/o dádivas, a dichos funcionarios o servidores públicos o a sus familiares, con el propósito de obtener algún beneficio a su nombre o a su favor.
- No realizar pagos de facilitación por encargo o en nombre de la otra parte.
- No otorgar beneficios personales a funcionarios (o familiares de estos) de otras entidades privadas con quienes sea necesario tratar en representación de la otra parte.
- No otorgar beneficios, atenciones, ventajas, dádivas o, en general, cualquier objeto de valor a los colaboradores y/o funcionarios de la otra parte.
- Tomar las medidas adecuadas para informar a su personal y/o a su staff legal respecto a las condiciones de este compromiso.
PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA
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